Etiqueta: Tribunal Colegiado

  • Mauricio Tabe no quiere rendir cuentas al pueblo: Vecinos de la alcaldía Miguel Hidalgo le ganaron al conservador para volver a un grupo de Whatsapp vecinal, tras ser echados por el panista luego de exigir servicios de calidad

    Mauricio Tabe no quiere rendir cuentas al pueblo: Vecinos de la alcaldía Miguel Hidalgo le ganaron al conservador para volver a un grupo de Whatsapp vecinal, tras ser echados por el panista luego de exigir servicios de calidad

    A los panistas no les gusta que el pueblo les exija cumplir con sus responsabilidades, puesto que el gobierno de la alcaldía Miguel Hidalgo, que encabeza el conservador Mauricio Tabe, sacó de un grupo de Whatsapp a vecinos que expresaron su inconformidad sobre la mala calidad de los servicios en la demarcación.

    Sin embargo, el acto de censura a los vecinos inconformes fue revertido por un Tribunal Colegiado, a través de su cuenta de X, antes Twitter, el abogado Gustavo García señaló que, junto a un vecino, recibieron un amparo para volver al grupo de Whatsapp, denominado “Ampl. Granada”, que administra direcciones de la alcaldía Miguel Hidalgo.

    La Justicia de la Unión ampara y protege […] contra la exclusión del grupo institucional titulado “Ampl. Granada” de la red social whatsapp, atribuida al Director Ejecutivo de Participación Ciudadana y al Subdirector de Circunscripción 4, ambos de la Alcaldía Miguel Hidalgo de la Ciudad de México.

    Indica la sentencia.

    Además, en el fragmento de la sentencia del Tribunal Colegiado, en la que se observa que la autoridad judicial determinó desechar el recurso de revisión interpuesto por “el alcalde en Miguel Hidalgo de la Ciudad de México”. 

    En ese sentido, el ciudadano capitalino señaló que fue indebidamente excluido del chat grupal de su colonia y que administra el gobierno panista de Tabe Echartea, solo por haber expresado su inconformidad frente a la mala calidad de los servicios públicos.

    Asimismo, los juzgadores determinaron que la exclusión de los ciudadanos de los chats grupales no está estipulada en ley, razón por la cual los funcionarios de la alcaldía no tienen la autoridad para decidir la permanencia de los ciudadanos en los grupos de Whatsapp.

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  • Que pague y se ahorre la vergüenza: Tribunal Colegiado resolvió que Elektra, propiedad de Ricardo Salinas Pliego, deberá pagar al SAT cerca de 24 mil mdp; el deudor insiste en recurrir al Poder Judicial

    Que pague y se ahorre la vergüenza: Tribunal Colegiado resolvió que Elektra, propiedad de Ricardo Salinas Pliego, deberá pagar al SAT cerca de 24 mil mdp; el deudor insiste en recurrir al Poder Judicial

    Un Tribunal Colegiado le negó un amparo con el que trataba de impedir el pago de una multa por omisiones fiscales desde 2008, por lo que Elektra deberá de pagar un monto millonario al Sistema de Administración Tributaria (SAT)

    Los ministros del Tribunal Colegiado en Materia Administrativa de Primer Circuito resolvieron que la empresa propiedad de Ricardo Salina Pliego deberá de pagar cerca de 24 mil millones de pesos, incluidas las actualizaciones y recargos del ejercicio fiscal de 2013. 

    Ante la resolución del Tribunal Colegiado, Grupo Salinas se pronunció al respecto que continuará defendiendo sus intereses al negarse a pagar sus adeudos fiscales ante órgano federal recaudador, luego del revés recibido por las autoridades judiciales.

    Lamentamos la falta de diligencia y objetividad de algunos magistrados, quienes frente a la sistemática presión por parte del gobierno federal y ante el temor de ser considerados corruptos, se negaron a analizar el fondo de nuestro amparo.

    Indica el comunicado de Grupo Salinas.

    En ese sentido, aseguró el grupo corporativo que encabeza Ricardo Salinas Pliego, que continuará recurriendo a instancias superiores y haciendo uso de los instrumentos judiciales, para evitar pagar sus adeudos con la autoridad fiscal, y que son calificados como “cobros dobles e ilegales que buscan imponernos”.  

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  • La lucha colectiva obtiene un triunfo más: Un Tribunal Colegiado ordenó al Gobierno de Chihuahua a brindar servicios aborto voluntario, con hasta 12.6 semanas de gestación

    La lucha colectiva obtiene un triunfo más: Un Tribunal Colegiado ordenó al Gobierno de Chihuahua a brindar servicios aborto voluntario, con hasta 12.6 semanas de gestación

    Un Tribunal Colegiado del Poder Judicial de la Federación (PFJ) ordenó a la Secretaría de Salud del gobierno conservador de Chihuahua, que encabeza la panista Maru Campos, a implementar los servicios de aborto voluntario y difundir información al respecto.

    Esto, luego de que los miembros del Tribunal Colegiado resolvieran por unanimidad de votos, tres amparos promovidos, desde 2021, por colectivos feministas como Marea Verde Chihuahua, Red de Aborto Segurp Chihuahua, ChEROS, Morrxs Autnomzs y AbortistasMX.  

    A través de un comunicado las organizaciones destacó que con la determinación de los juzgadores, se reconoció que “las autoridades de Chihuahua están violando los derechos reproductivos de las mujeres cis, personas trans y no bineries del estado al negarse a proporcionar servicios de aborto voluntario en sus hospitales y clínicas”.

    Razón por la cual, a partir de este  lunes 27 de mayo las personas gestantes de Chihuahua podrán acceder a los servicos estatales de salud y solicitar servicios de atención médica de aborto, con hasta 12.6  semanas de embarazo.

    Además, las colectivas y organizaciones señalaron que el gobierno panista de Chihuahua ha dado largas para cumplir con las sentencias, a lo que hicieron un llamado al sociedad y a las personas que se le niegue el servicio, para que se les sea notificado a los jueces y tomen medidas para que las autoridades cumplan con su deber constitucional.

    Asimismo, sostuvieron que el Congreso de Chihuahua y el Gobierno estatal tienen la obligación de reformar el Código Penal Local, para eliminar la criminalización del aborto, además reafirmaron su compromiso con seguir luchando para que las autoridades respeten la constitución y garantizar el respeto a los derechos humanos.

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  • Pese al daño que le causó al país, Tribunal Colegiado le concede a Murillo Karam la prisión domiciliaria mientras continúa su proceso por el caso Ayotzinapa

    Pese al daño que le causó al país, Tribunal Colegiado le concede a Murillo Karam la prisión domiciliaria mientras continúa su proceso por el caso Ayotzinapa

    Un Tribunal Colegiado en MAteria Penal del Primer Circuito, concedió la prisión domiciliaria a Jesús Murillo Karam, ex titular de la ya desaparecida Procuraduría General de la República y acusado de ser uno de los creadores de la llamada verdad histórica del caso de los 43 jóvenes estudiantes de Ayotzinapa.

    Con esta decisión, Murillo Karam podrá continuar su proceso desde casa, ya que está relacionado con el caso Ayotzinapa, en donde es señalado de tortura, desaparición forzada y operar en contra de la administración de justicia.

    Las autoridades judiciales concedieron el cambio de la medida cautelar asegurando que el señalado es de edad avanzada, además de que sus problemas de salud recientes “funcionan como pruebas” de que no hay riesgo de fuga.

    Los abogados del el funcionario de Peña Nieto mencionan que su cliente sufre de diversas enfermedades, tales como enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC), hipertensión arterial sistémica e insuficiencia vascular cerebral.

    Cabe mencionar que Murillo Karam se encuentra recluido en una torre médica del penal de Tepepan en la alcaldía Xochimilco al sur de la Ciudad de México, y en donde permanece desde el pasado 30 de junio de 2023 por sus presuntas afectaciones de salud.

    AMLO acusa al Poder Judicial de ser rápidos para resolver el caso de Murillo Karam

    Esta mañana el Presidente López Obrador se refirió al caso, y denunció que los del Poder Judicial son rápidos y expeditos para resolver asuntos como el de Murillo Karam, mientras que hay miles sin sentencias “porque quien no tiene para comprar su inocencia, no tiene agarraderas, no tiene influencia, no tiene entrada en el Poder Judicial”.

    Igualmente dijo que Murillo Karam fue atendido en el Hospital de Cardiología a mediados de 2022 y denunció que tiene “un trato distinto a la mayoría de los presos”.

  • Frenan absolución de Rosario Robles por la Estafa Maestra; ASF presenta amparo contra sentencia de Tribunal

    Frenan absolución de Rosario Robles por la Estafa Maestra; ASF presenta amparo contra sentencia de Tribunal

    La Auditoría Superior de la Federación (ASF) presentó un amparo en contra de la absolución de Rosario Robles por el caso de la Estafa Maestra, en el que se le acusó por la presunta omisión ante el desvío de más de cinco mil millones de pesos.

    Ante el amparo, el Primer Tribunal Colegiado de Apelación en Materia Penal suspendió el fallo emitido el 30 de noviembre, en el que se sobreseyó el proceso y se dictó sentencia absolutoria a favor de Rosario Robles.

    Se recibe el escrito por el cual se promueve demanda de amparo directo en contra de la sentencia definitiva señalada, se suspende de plano la ejecución de la citada resolución y se ordena emplazar a las partes.

     Acordó el tribunal.

    Con esta acción la ASF busca dejar sin efectos la sentencia absolutoria a favor de Rosario Robles y reiniciar el procedimiento penal en contra de ella, por la Estafa Maestra.

    El recurso será remitido al Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Penal para su evaluación, y en caso de su aceptación se turnará a la ponencia de un magistrado para la elaboración del proyecto de sentencia.

    La Fiscalía General de la República (FGR), señala que cuando la exfuncionaria del gobierno de Enrique Peña Nieto estuvo al frente de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (SEDATU) y la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL), se realizaron presuntos desvíos por sus colaboradores en contratos por un monto de 5 mil 73 millones 358 mil 846 pesos.

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  • FGR impugna resolución que libera a Mario Aburto; pide intervención de la SCJN

    FGR impugna resolución que libera a Mario Aburto; pide intervención de la SCJN

    La Fiscalía General de la República (FGR), interpuso un recurso de revisión para que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) atraiga el caso y analice la resolución de un Tribunal Colegiado que dejaría a Mario Aburto en libertad.

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    De acuerdo con la FGR, un Tribunal Colegiado “introdujo unilateralmente un tema que no estaba en la litis” al aplicar retroactivamente el Código Penal de Baja California, que a consideración de la propia Fiscalía se debió de aplicar la legislación federal, por “la magnitud y consecuencias del hecho delictivo”.

     Se considera que el amparo que se está recurriendo no analizó correctamente la jurisdicción federal que era indudablemente aplicable desde un principio, en este caso; ya que no se trató de un homicidio del fuero común local, sino que, de conformidad con el artículo 10 del Código Federal de Procedimientos Penales, correspondía, por su magnitud y consecuencias, a las autoridades federales conocer de ese delito, como así ocurrió.

    Indicó la FGR en una tarjeta informativa.

    El organismo autónomo federal, indicó que el asesinato del entonces aspirante presidencial por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), Luis Donaldo Colosio, “afectó gravemente a la democracia de México; al proceso electoral para la Presidencia de la República; así como al avance en materia de participación ciudadana; que quedaron gravemente lastimados en todo el país”.

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    Asimismo, la FGR señaló que el Tribunal Colegiado omitió escuchar a las víctimas indirectas, dejando en estado de indefensión a las víctimas, al Estado mexicano y sus instituciones.

    La FGR sostuvo que la apertura del caso desde su origen, “da lugar a que, desde el mismo origen, se analicen y se valoren todas las pruebas que existen en favor de todas las víctimas ya señaladas”.

    Cabe recordar que, el 22 de diciembre de 1994 le fue dictada la sentencia de 45 años de prisión a Mario Aburto por el asesinato del Luis Donaldo Colosio, sin embargo un Tribunal Colegiado encontró insistencias, como la aplicación del Código Penal Federal, que de acuerdo con los criterios del juez, se debió de aplicar el Código Penal de Baja California, ya que en esa entidad sucedieron los hechos.

  • Tío de Cárdenas Palomino debe pagar más de 160 millones de pesos por impuestos

    Tío de Cárdenas Palomino debe pagar más de 160 millones de pesos por impuestos

    Gustavo Cárdenas Fuentes deberá pagar 163 millones 82 mil pesos en concepto de restitución por no pagar el impuesto a la renta y al valor agregado del 2015. El total puede ascender a 342 millones de pesos por concepto de intereses y multas.

    El tío de Luis Cárdenas Palomino, exdirector de la División Regional de Seguridad de la Policía Federal, interpuso un recurso de revisión ante la Segunda Sala de la SCJN en un intento de obtener el amparo para evitar realizar ese pago. Sin embargo, esta desestimó el recurso.

    Cabe recordar que los ministros rechazaron en junio de este año la propuesta de su homólogo Luis Mara Aguilar Morales de darle a Cárdenas Fuentes el amparo de la justicia federal.

    Además, ordenar que un Tribunal Colegiado realizara una nueva interpretación sobre el Código Fiscal de la Federación que establece los plazos para auditar a los contribuyentes.

    Arturo Medina, fiscal de la Federación, había advertido previamente que, en caso de que la Corte protegiera a Gustavo Cárdenas, se generaría una jurisprudencia que afectaría al Tesoro público por aproximadamente 10 mil millones de pesos.

    Este tema llevó al presidente Andrés Manuel López Obrador a criticar a los integrantes de la Corte.

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  • Niegan amparo a Rafael Caro Quintero para evitar extradición a los Estados Unidos

    Niegan amparo a Rafael Caro Quintero para evitar extradición a los Estados Unidos

    Un Tribunal Colegiado negó un amparo a Rafael Caro Quintero, alias El Narco de Narcos, contra una supuesta orden de traslado con fines de extradición a los Estados Unidos.

    Los magistrados del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal confirmaron, por unanimidad, la resolución de la jueza Séptimo de Distrito en Materia de Amparo de Juicios Federal en el Edomex, Tania Rosalinda Méndez López, quien había solicitado la suspensión definitiva de traslado de Caro Quintero.

    “En una audiencia incidental, la juez de Distrito negó suspensión definitiva, después de revisar los autos, se considera que es correcta esa situación, aun cuando se señalaron diversas autoridades, se pudo cotejar y apreciar, que en concreto no existe el acto que se está reclamando”, citó El Universal sobre lo determinado del Tribunal Colegiado.

    El fundador del Cártel de Sinaloa tramitó una demanda de amparo en el que reclamó una orden de traslado con fines de deportación, extradición o expulsión del Altiplano, por lo que Caro Quintero solicitó protección de la justicia para evitar alguna de las acciones antes mencionadas.

    Sin embargo, la Fiscalía General de la República (FGR) negó que existiera una orden de traslado, al tiempo que el narcotraficante no aportó pruebas para demostrar la orden de extradición.

    En tanto, la jueza Méndez López programó la audiencia constitucional para el próximo martes 6 de junio en la que se definirá la situación jurídica de lo reclamado al Narco de Narcos.

    Tras permanecer nueve años prófugo, Caro Quintero fue detenido por elementos de la Secretaría de Marina en julio del 2022 y permanece recluido en el Centro Federal de Readaptación Social Número 1, mejor conocido como El Altiplano, en el municipio de Almoloya de Juárez, Estado de México.

    Rafael Caro Quintero es requerido por las autoridades de los Estados Unidos por el asesinato del agente de la Administración de Control de Drogas (DEA, por sus siglas en inglés) de los Estados Unidos, Enrique “Kike” Camarena, ocurrido en 1985.

    La decisión de este Tribunal Colegiado se suma a la que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que el pasado 10 de mayo rechazó atraer un amparo promovido por la defensa de Caro Quintero sobre su proceso de extradición a la Unión Americana.

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  • Gobernador denuncia a dos jueces por encubrir construcción ilegal de Torre Centro en Veracruz (VIDEO)

    Gobernador denuncia a dos jueces por encubrir construcción ilegal de Torre Centro en Veracruz (VIDEO)

    Este viernes, el gobernador del estado de Veracruz, Cuitláhuac García Jiménez acusó a dos jueces de encubrir actos ilegales en la construcción de la Torre Centro en la entidad.

    “La Torre Centro de Veracruz, esta obra que sin los permisos correspondientes de cualquier tipo de obra han librado algunas acciones que hemos interpuesto contra esta construcción”, dijo el gobernador.

    Asimismo, añadió que se han promovido siete juicios en contra de la construcción, pero debido a que jueces otorgaron un amparo a los dueños de la Torre no se ha podido hacer nada.

    “El primero es el juez Mario de la Medina Soto, quien otorgó la suspensión definitiva por orden del Tribunal colegiado, este juez se excuso por ser familiar directo de uno de los dueños de esta torre Centro, aún así tuvo actuación, por lo cual también nosotros solicitamos revisar el caso, no paso a mayores”, expresó García Jiménez.

    Tras estos hechos, el caso pasó al juez José Arquímedes Gregorio Loranca Luna, quien otorgo una suspensión definitiva tras el amparo.

    “Una vez excusado, el caso pasó al juez José Arquímedes Gregorio Loranca Luna al darle solo continuidad a este juicio amparado en varias acciones de las que hemos promovido a los dueños, otorgo la suspensión definitiva”.

    El gobernador de Veracruz agregó que a pesar de eso la obra ya está prácticamente concluida por lo que se procederá a presentar una denuncia contra el juez antes mencionado.

    “Sin embargo, en este hecho la obra se encuentra prácticamente concluida. Decirle que vamos a proceder con la denuncia contra el juez José Arquímedes Gregorio Loranca Luna, es el mismo juez que hace unos días ordeno la liberación de los padres de Marlon “N”, presunto feminicida”, concluyó.