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  • Para un mejor sistema judicial: no más políticos con toga

    Para un mejor sistema judicial: no más políticos con toga

    España, octubre 8 de 2008: se convoca a una movilización judicial a nivel nacional con el objetivo de reclamar su independencia frente al poder ejecutivo, así como rechazar que la responsabilidad en la impartición y el estado de la justicia recaiga en su totalidad, únicamente, en los jueces del gremio.

    Como se podrá deducir, este movimiento no tenía precedentes. Por vez primera, la movilización alcanzaba todas las jurisdicciones y niveles de la carrera judicial.

    Su reclamo, principalmente, era que no existieran más “políticos con toga”; lo cual se consideraba como el origen o causa de la mala reputación al poder judicial y su desconfianza en la institución como organismo de impartición de justicia.

    Pero, a todo esto, ¿qué es un “político con toga”? 

    Para empezar, esto ha de tratarse como un fenómeno, no como un adjetivo a un personaje. Por ejemplo, del caso español, había dos tipos de jueces: aquellos que tenían una carrera judicial, y aquellos que no la tenían. Estos últimos habían llegado a tener dicho título, no por cumplir con un proceso de formación (que es la carrera judicial) sino por una especie de compensación por su carrera política.

    Con respecto a México, desde hace años que se vive el mismo fenómeno. Por mucho tiempo el cargo de juez ha sido ocupado por “políticos con toga”, llegando incluso a los cargos de ministro. Por ejemplo, el exministro Eduardo Medina Mora, cuya experiencia en la impartición de justicia era cero, su carrera era netamente política.

    Por tanto, al incrementarse los jueces sin carrera judicial en España, había provocado que el poder judicial se hiciera de una mala reputación en la percepción de los ciudadanos, lo que equivale a decir que la impartición de justicia era cada vez peor, pues esta función quedaba en manos de jueces, sí, pero sin formación para una correcta impartición de justicia

    De ahí que los integrantes del movimiento ‘8 de octubre’ rechazaran que toda la responsabilidad cayera en ellos y se distanciaran de los jueces sin carrera judicial, es decir, el “político con toga”, los cuales eran designados por mecanismos políticos

    Y bueno, ¿qué tiene que ver esto con México?

    Pues bien, recientemente el presidente Andrés Manuel López Obrador envió a la cámara de diputados un proyecto de reforma constitucional en materia electoral, la cual, entre otros ejes importantes, se propone fortalecer al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) mediante un nuevo mecanismo de selección de los magistrados electorales: un esquema en el que se involucran los poderes de la unión.

    Sin embargo, es posible que, con esta medida que se pretende, se pueda presentar un escenario como lo sucedido en España, pues se propone en su art. 99, fracc. X, inciso a), que los magistrados que integren el TEPJF serán postulados, 10 personas por cada uno de los tres poderes de la unión, es decir, 30 en total: 10 por el ejecutivo federal, 5 por la cámara de diputados, 5 por la cámara de senadores, y los 10 restantes por el pleno de la SCJN.

    No obstante, el problema no radica en dicho esquema, sino en preguntarse si es posible fortalecer el TEPJF manteniendo los mismos requerimientos para ser ministro de la SCJN. A esto, habría que sumar que, en México, no existe propiamente una carrera judicial, sino un sistema escalafonario.

    Actualmente como se sabrá, el poder judicial no goza de buena reputación, y esto en gran medida por la misma razón. De acuerdo al art. 95 constitucional, cualquier persona puede ser ministro de la Suprema Corte; aunque en su fracc. III se encuentra el único requerimiento estricto para llegar a ser ministro, el cual es tener un título de licenciado en derecho con una antigüedad mínima de diez años; por ende, se obvia cualquier elemento cualitativo referente a la formación para una correcta impartición de justicia

    Por años, el proceso de selección de jueces únicamente ha hecho hincapié a una serie de requerimientos que no detallan ningún criterio cualitativo. Por tanto, ante la exigencia del art. 99, fracc. X, inciso d), del proyecto de la reforma constitucional en materia electoral que dice: “las personas magistradas electorales deberán satisfacer los requisitos que establezcan esta Constitución, no podrán ser menores a los que se exigen para ser integrante de la Suprema Corte”.

    Lo que se nos está indicando, en realidad, es que parece ser lo mismo tener un título profesional de licenciado en derecho con antigüedad de diez años, que tener experiencia jurídica (en impartición de justicia) por mínimo de diez años, lo cual es incorrecto.

    Debido a todo, habría que ahondar más al respecto, pero la idea general es la misma: para que el sistema judicial mejore en todos sus niveles, es necesario priorizar que su designación sea a partir de un proceso que evalúe su formación en la impartición de justicia (apostar por una verdadera carrera judicial) mas no por un medio político electoral (como se propone en la reforma).

    Es por esto que, si lo que se pretende es fortalecer al TEPJF (tener un mejor sistema de justicia), entonces, es imprescindible no consentir más “políticos con toga”.

  • TEPJF sanciona a diputado panista por ejercer violencia de género contra Senadora; la llamó “analfabeta” y “cacatúa”

    TEPJF sanciona a diputado panista por ejercer violencia de género contra Senadora; la llamó “analfabeta” y “cacatúa”

    Mario Mata Carrasco, diputado federal de Acción Nacional, ha sido incluido en el registro de sujetos infractores por violencia política en razón de género del Instituto Estatal Electoral de Coahuila, luego de que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó la sentencia.

    Mata Carrasco, que representa al Distrito Electoral 05 con cabecera en Delicias, lanzó comentarios misóginos contra la Senadora morenista Bertha Caraveo, a la cual llamó “analfabeta”, “cacatúa” e “iletrada”.

    El legislador panista ahora deberá aparecer cuatro meses en el en el registro de sujetos infractores, además de que se dará vista de los hechos a la directiva y órgano de control interno de la Cámara de Diputados. 

    Igualmente se sancionaron a 8 sujetos colaboradores de una página de noticias que despacha desde Nuevo Casas Grandes, ya que compartieron fotos de Caraveo acompañadas de mensajes misóginos. 

    Mata Carrasco intentó justificar su actuar señalando que él es par de la Senadora y que ella comenzó los ataques. 

    “Ella puede acusarme falsamente de lo que guste y luego dice que es violencia de género, entonces para que se mete a decirme. Me dijo hipócrita, es un insulto, ella me insulta, me acusa, y a la primera respuesta se tira al piso. Somos pares, y estoy dispuesto a cuando guste, a un debate”, defendió.

    En noviembre del 2021, ambos legisladores debatieron en redes sociales sobre la explotación de pozos acuíferos en la región de Delicias, momento en el cual el panista insultó a la morenista.

    “La iletrada y casi analfabeta señora, según esto senadora, no conoce la o por lo redondo, y sólo sabe repetir como cacatuidae (cacatúa) lo que su amo le dice, cuando le jala la correa”, publicó el diputado panista en su cuenta de Facebook.

  • AMLO pública sentencia del TEPJF por su mensaje del 1 de diciembre de 2021

    AMLO pública sentencia del TEPJF por su mensaje del 1 de diciembre de 2021

    Este martes 29 de marzo,  el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador (AMLO),  publicó la sentencia de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por el mensaje que realizó el 1 de diciembre.

    Por medio de sus redes sociales, el mandatario federal dijo que cumplía con la sentencia de las autoridades electorales para evitar el arresto de “Jesús”, en referencia a su vocero, Jesús Ramírez Cuevas y a una de las integrantes de su ayudantía.

    “El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación me exige que publique una sentencia en mi contra por el mensaje a la nación del 1 de diciembre, porque si no lo hago arrestan a Jesús y a la pobre de Jessi. Perdón”, tuiteó el tabasqueño en Twitter.

    La Sala Regional Especializada del TEPJF determinó que dicha sanción es aplicable debido a que el mensaje de gobierno se difundió en los estados de Aguascalientes, Oaxaca y Tamaulipas, entidades que ya habían comenzado sus procesos electorales al momento de la difusión del informe.

    Cabe recordar que el 18 de marzo, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el mensaje del presidente Andrés Manuel López Obrador por sus tres años de gobierno, en diciembre pasado, constituyó propaganda gubernamental y personalizada porque ya estaban en curso cuatro procesos electorales locales.

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