Etiqueta: TEPJF

  • TEPJF enfrenta plazo para resolver 955 impugnaciones y se prepara para cambio en su presidencia

    TEPJF enfrenta plazo para resolver 955 impugnaciones y se prepara para cambio en su presidencia

    El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) encara en las próximas dos semanas el cierre de 955 impugnaciones derivadas de la reciente elección judicial. Además, a partir del 1 de septiembre, se anticipa una restructuración con la incorporación de dos nuevos magistrados a la Sala Superior.

    Aunque la Constitución señala que la presidencia del TEPJF debe recaer en el magistrado con mayor votación —en este caso, Gilberto Bátiz García, ganador en la contienda del 1 de junio— la próxima integración será mixta. Conformada por cinco magistrados actuales, incluida la presidenta Mónica Soto, y los dos nuevos integrantes, se prevé una disputa por el control político y administrativo del tribunal.

    De acuerdo con La Jornada, esta pugna interna no es nueva: desde 2019, el tribunal ha vivido conflictos marcados por cambios abruptos en la presidencia, como la destitución de Janine Otálora Malassis, la salida de José Luis Vargas Valdez en 2020 y la sustitución de Reyes Rodríguez Mondragón en 2023, que dio paso a Soto.

    De los magistrados actuales, Soto, Fuentes, Rodríguez y Felipe de la Mata permanecerán en el cargo hasta 2027. Aunque Otálora podría continuar, decidió retirarse, por lo que la Sala Superior quedará integrada por seis miembros a partir del 1 de noviembre, lo que hará decisivo el voto de calidad del presidente en caso de empate.

    Según declaraciones, Claudia Valle Aguilasocho no buscaría la presidencia, por lo que la disputa más probable será entre Bátiz y Soto, cuya legitimidad se basaría en el periodo anterior al nuevo marco constitucional y la llegada de los nuevos magistrados.

  • TEPJF ordena al INE reconocer el triunfo de 12 candidatos declarados inelegibles por promedio académico

    TEPJF ordena al INE reconocer el triunfo de 12 candidatos declarados inelegibles por promedio académico

    La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) instruyó al Instituto Nacional Electoral (INE) entregar constancias de mayoría a 12 candidatos que fueron declarados inelegibles por no alcanzar el promedio académico mínimo de 9, según la metodología del órgano electoral. Esta decisión señala que el INE aplicó un criterio distinto al establecido por los comités de evaluación, excediéndose legal y constitucionalmente.

    Sin embargo, el tribunal ratificó la inelegibilidad de tres candidatos más que no alcanzaron el promedio mínimo de 8 en licenciatura, un requisito indispensable para el proceso electoral. En esos casos, se evaluará si los candidatos en segundo lugar cumplen con los requisitos para asumir el cargo.

    Esta resolución se suma a la emitida la semana pasada, cuando el TEPJF ordenó al INE entregar constancias a 15 candidatos que habían perdido sus derechos por razones similares. Durante una sesión de casi cinco horas, la presidenta del tribunal, Mónica Soto, subrayó que “no se pueden cambiar las reglas después de jugado el juego”, en defensa del principio de certeza electoral.

  • TEPJF revoca criterios del INE: la paridad de género no limita victorias femeninas

    TEPJF revoca criterios del INE: la paridad de género no limita victorias femeninas

    El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó los criterios de paridad emitidos por el Instituto Nacional Electoral (INE) que limitaron el triunfo de mujeres en recientes elecciones judiciales, pese a haber obtenido más votos, de acuerdo con información de La Jornada.

    Con tres votos a favor —de las magistradas Mónica Soto, Janine Otálora y el magistrado Reyes Rodríguez— y dos en contra, el TEPJF anuló el acuerdo que otorgó cargos a hombres por el principio de alternancia, a pesar de que las mujeres candidatas impugnantes lograron mayoría en las urnas.

    El fallo responde a los casos en los que, en elecciones para Magistraturas de Circuito en la CDMX y Jalisco, el INE adjudicó cargos a varones, aunque las mujeres obtuvieron mayor votación.

    La magistrada presidenta Mónica Soto argumentó que el principio de paridad busca garantizar al menos un 50% de representación femenina, pero no implica un techo. “Es un piso, no una limitante. No impide que todas las ganadoras sean mujeres si así lo decide la ciudadanía”, sostuvo.

    Añadió que aplicar la alternancia en contra de mujeres con mayoría de votos contradice el objetivo de la paridad: ampliar el acceso femenino al poder, no restringirlo.

    El magistrado Felipe de la Mata votó en contra de la revocación, asegurando que la paridad ya está asegurada en el Poder Judicial con las reglas vigentes. Incluso consideró que el sistema está “copeteado” con un 60% de mujeres.

    Soto rebatió con firmeza: “No se puede justificar quitarle el triunfo a una mujer con el argumento de que ya hay muchas”, subrayó.

    Con esta resolución, el TEPJF reafirma que la paridad de género no puede usarse para anular el derecho de las mujeres al triunfo electoral cuando la voluntad ciudadana las favorece.

  • TEPJF busca revertir vacantes por inelegibilidad en elección judicial

    TEPJF busca revertir vacantes por inelegibilidad en elección judicial

    El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) analizará este miércoles revocar las primeras vacantes que el Instituto Nacional Electoral (INE) declaró en 45 cargos judiciales, tras cuestionar los promedios académicos de los ganadores. El magistrado Felipe Fuentes sostiene que el INE se excedió al invadir facultades exclusivas de los Comités de Evaluación, encargados de revisar y postular candidaturas, por lo que debe prevalecer la presunción de elegibilidad.

    Una investigación de Milenio reveló que los proyectos de Fuentes señalan que la metodología del INE para calcular promedios no coincide con las convocatorias y carece de sustento jurídico, lo que invalidaría la declaración de inelegibilidad y vacantes. Por ejemplo, en el caso de Tania Virginia Neri Borjas, candidata a jueza en Nuevo León, se propone revocar la vacante y entregar la constancia para que asuma el cargo.

    Además, se argumenta que el INE no tenía atribuciones para revisar nuevamente historiales académicos, pues esta valoración técnica corresponde exclusivamente a los comités especializados. Fuentes destaca que sustituir esa función rompe la lógica y los procesos establecidos para la selección de candidatos judiciales.

    En otro caso, el magistrado propone que, en lugar de declarar vacante un cargo, se otorgue al segundo lugar más votado, como en el caso de Sheila Díaz Colín en San Luis Potosí, quien debería asumir la magistratura tras la inelegibilidad de la ganadora original.

    El fallo del TEPJF marcará un precedente importante para la resolución de los demás casos judiciales pendientes y definirá la validez final del proceso electoral en el Poder Judicial, antes del cierre de sesión especial el 28 de agosto.

  • SCJN revisará impugnaciones contra magistrados del TEPJF antes de que rindan protesta

    SCJN revisará impugnaciones contra magistrados del TEPJF antes de que rindan protesta

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizará el próximo 5 de agosto un juicio de inconformidad contra la elección de dos magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF). El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo presentará un proyecto sobre la impugnación interpuesta por Iván Bravo Olivas, ex representante del PAN en Durango y ex juez penal, quien solicitó la anulación de la elección en el distrito 4 de esa entidad.

    Aunque Bravo Olivas no fue candidato a magistrado del TEPJF, busca anular la designación. Paralelamente, la ministra presidenta Norma Piña Hernández admitió otra impugnación presentada por la asociación Poder Ciudadano contra los magistrados Gilberto de Guzmán Bátiz García y Claudia Valle Aguilasocho, caso asignado al ministro Alberto Pérez Dayán.

    Ambas impugnaciones deben resolverse antes del 31 de agosto, fecha límite para que los nuevos magistrados rindan protesta ante el Senado. Sin embargo, la SCJN podría declarar improcedente la impugnación de Bravo Olivas, pues la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral (LGSMIE) limita este recurso únicamente a candidatos participantes, y en este caso, la impugnación fue inicialmente promovida por Gabriela Lorena Sterling Ávalos.

    Este proceso es clave para definir la integración del TEPJF, el máximo órgano electoral que resuelve controversias en México, y marca un momento decisivo en la revisión de nombramientos judiciales vinculados a la esfera política y electoral.

  • SCJN alista debate clave sobre elección de magistrados del TEPJF; impugnaciones podrían ser desechadas

    SCJN alista debate clave sobre elección de magistrados del TEPJF; impugnaciones podrían ser desechadas

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) discutirá el próximo 5 de agosto, en su penúltima sesión con la actual integración, el primer juicio de inconformidad electoral vinculado con la elección de magistrados de la Sala Superior del TEPJF.

    El caso fue promovido por Iván Bravo Olivas, exjuez penal y exrepresentante del PAN en Durango, quien pidió la nulidad del proceso electoral en ese estado. Argumenta irregularidades en las actas de cómputo, la declaración de validez y la entrega de constancias de mayoría, de acuerdo con información recopilada por La Jornada.

    El proyecto, aún no público, fue turnado al ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, pero la impugnación podría ser desechada por falta de legitimación, ya que Bravo no formó parte de la lista oficial de candidaturas.

    Además, la Corte tiene pendiente otro recurso promovido por la asociación Poder Ciudadano, que impugna la elección de Gilberto de Guzmán Bátiz García y Claudia Valle Aguilasocho como magistrados de la Sala Superior. Este caso fue turnado al ministro Alberto Pérez Dayán.

    Ambos asuntos deberán resolverse antes del 31 de agosto, ya que las y los magistrados electos deberán rendir protesta ante el Senado el 1 de septiembre.

  • TEPJF va contra juicio del PAN: partidos no pueden impugnar elección judicial, confirma proyecto de desechamiento

    TEPJF va contra juicio del PAN: partidos no pueden impugnar elección judicial, confirma proyecto de desechamiento

    El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) prevé desechar el juicio promovido por el PAN para anular la elección de magistraturas regionales electorales, al considerar que los partidos políticos no tienen legitimación para intervenir en este proceso judicial.

    De acuerdo con el proyecto de resolución elaborado por Mónica Soto, magistrada presidenta del TEPJF, al cual tuvo acceso el diario Milenio, la Constitución y la ley prohíben expresamente la participación partidista en la elección de jueces y magistrados, incluso si se alega la “defensa de principios democráticos”.

    El juicio en cuestión es parte de una serie de recursos promovidos por el Partido Acción Nacional, que busca impugnar distintas etapas del Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial, principalmente por el presunto uso de acordeones que habrían afectado la certeza y libertad del voto.

    Sin embargo, el proyecto aclara que el PAN no forma parte del conflicto jurídico, ya que no hubo afectación directa a sus derechos político-electorales. Por tanto, no puede interponer recursos contra el proceso de designación de magistrados.

    Además, se recuerda que la reforma publicada el 15 de septiembre en el Diario Oficial de la Federación prohíbe expresamente a los partidos políticos y a representantes del Congreso participar en las actividades relacionadas con esta elección.

    El argumento del PAN, que alega actuar en defensa de los principios democráticos, fue considerado “inatendible” por el Tribunal. En caso de aprobarse este miércoles, la propuesta de Soto sentará un precedente para desechar automáticamente el resto de los juicios similares, ya sea del PAN o de agrupaciones como Somos México.

    Con esto, el TEPJF cierra la puerta a la intervención partidista en la elección judicial, blindando la autonomía del proceso.

  • Karla Estrella es sancionada por críticas a Diana Barreras en X

    Karla Estrella es sancionada por críticas a Diana Barreras en X

    ¿Se puede considerar censura? Tras un tuit en la red social X de la ciudadana Karla Estrella de Hermosillo, Sonora, la diputada Diana Barreras, por el Partido del Trabajo y esposa del morenista Sergio Gutiérrez Luna, presidente de la Cámara de Diputados, presentó una queja con la consigna de que tal publicación era “violencia política contra las mujeres con razón de género y calumnia en su perjuicio”.

    Karla Estrella fue sancionada por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) y obligada a disculparse durante 30 días con la legisladora petista a través de su cuenta de X.

    La presidenta Claudia Sheinbaum se pronunució sobre el hecho en la Mañanera del Pueblo. “Es un exceso, el poder es humildad, no es soberbia, entonces no está bien esta exigencia de que por 30 días te disculpen. Si puede haber una sanción del tribunal de decir, no hubo fundamento, es bueno que haya una disculpa pública, y bueno se hace la disculpa pública”.

    Agregado a los 30 días de disculpas públicas, la sonorense deberá revisar bibliografía sobre lenguaje no sexista y violencia contra las mujeres e inscribirse en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política en contra de Mujeres del INE.

    Estrella, por su parte, publicó en su cuenta “Increíble la censura a una ciudadana: multa e inscripción en el registro nacional de personas sancionadas por un tuit que ni siquiera iba dirigido a la quejosa. Hoy vinieron por mi, mañana por cualquiera de ustedes”.

    “A las palabras se las lleva el viento, pero sólo a las de los políticos; las palabras de los ciudadanos que nos atrevemos a cuestionar son perseguidas, castigadas, censuradas”. resaltó y continúa publicando sus disculpas en X.

    El Consejo Nacional de Litigio Estratégico, organización civil que defiende los Derechos Humanos, democracia, legalidad y competitividad en México, destacó que sí era un exceso la sanción a Karla E. y que el recurso de revisión presentado ante el TEPJF no ha sido estudiado ni han recibido respuesta; “El TEPJF puso la política por encima de la justicia”, concluyó.

  • TEPJF niega investigar uso de “acordeones” por falta de pruebas suficientes

    TEPJF niega investigar uso de “acordeones” por falta de pruebas suficientes

    La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación rechazó iniciar una investigación sobre el presunto uso de “acordeones” en la elección judicial, al considerar que las denuncias y notas periodísticas no aportaron elementos suficientes para sustentarla.

    El tribunal señaló que la queja presentada por Proyecto Justicia Común carecía de datos mínimos como tiempo, lugar, modo o responsables, indispensables para abrir un procedimiento formal.

    Aunque reconoció el valor informativo de los medios, destacó que no pueden sustituir los requisitos legales necesarios para proceder. Con 4 votos a favor y 1 en contra, la Sala reiteró que esta resolución no impide que el INE investigue otros casos si cuenta con pruebas claras y específicas.

    El TEPJF reafirmó su compromiso de revisar denuncias que cumplan con los requisitos legales para garantizar la transparencia electoral.

  • TEPJF prevé desechar juicios ciudadanos contra elección de ministros de la SCJN

    TEPJF prevé desechar juicios ciudadanos contra elección de ministros de la SCJN

    El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) podría desechar los juicios promovidos por ciudadanos que buscan invalidar la elección de ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). El magistrado Reyes Rodríguez Mondragón presentó un proyecto para desestimar estas demandas.

    En total, se registraron 17 juicios de ciudadanos como Adán René Reynoso Aranda y María del Carmen Campos Espinoza, entre otros. Estos ciudadanos argumentaron que hubo una inducción ilegítima al voto, vinculado a Morena, mediante el uso de “acordeones”.

    Rodríguez Mondragón fundamentó su propuesta en el artículo 54 de la Ley de Medios de Impugnación. Este artículo establece que solo los candidatos pueden impugnar la elección de ministros. Por lo tanto, los ciudadanos que presentaron los juicios carecen de interés jurídico.

    El magistrado explicó que aquellos que no participaron como candidatos no pueden cuestionar los resultados de la elección. Una eventual resolución no les beneficiaría directamente en sus derechos político-electorales.

    Los demandantes afirmaron que la elección de ministros debe anularse debido a irregularidades graves y generalizadas. Acusaron que ciertas candidaturas recibieron apoyo coordinado de estructuras gubernamentales. También señalaron que el uso de acordeones violó la secrecía del voto.

    El mes pasado, cinco consejeros del INE votaron a favor de no declarar la validez de la elección de los nueve ministros. Este voto se dio mientras el TEPJF evaluaba las acusaciones de inducción al voto a través de los acordeones.

    La discusión del proyecto en el pleno de la Sala Superior del TEPJF se llevará a cabo en los próximos días. La decisión sobre estos juicios será fundamental para la legitimidad de la elección de los ministros de la SCJN.