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  • Suprema Corte toma decisión histórica al frenar las comisiones excesivas en Afores

    Suprema Corte toma decisión histórica al frenar las comisiones excesivas en Afores

    La SCJN valida que las Afores no cobren comisiones que afecten a los trabajadores, garantizando así su ahorro para el retiro.

    El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tomó una decisión histórica sobre las Afores. Bajo la Ponencia de la Ministra Yasmín Esquivel, la corte resolvió la constitucionalidad del artículo 37 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro. Este artículo establece un límite a las comisiones que pueden cobrar las Afores por sus servicios.

    La Ministra Esquivel destacó que el propósito principal del Sistema de Ahorro para el Retiro es proteger a los trabajadores y sus recursos. Esto significa que los trabajadores no deben enfrentar cargos excesivos que afecten sus ahorros. Además, la sentencia garantiza que las empresas de Afores operen dentro de un marco justo y regulado.

    La disputa comenzó cuando una Afore impugnó la reforma de 2020 que limitaba las comisiones. Un juez de distrito le dio la razón, alegando que la reforma dañaba la confianza de los trabajadores y la libertad de comercio. Sin embargo, el Ejecutivo Federal y la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro no estuvieron de acuerdo y llevaron el caso a la SCJN.

    La resolución del Pleno de la SCJN abre una nueva etapa. Ya no se podrán cobrar comisiones que perjudiquen a los trabajadores, quienes a menudo se sienten inseguros sobre su futuro financiero. Esta sentencia no solo protege sus derechos, también fortalece sus ahorros para la vejez.

    Con esta decisión, los trabajadores tienen más seguridad sobre sus recursos. El Sistema de Ahorro para el Retiro busca crear un ambiente donde la confianza y la protección del dinero de los trabajadores sean la prioridad.