En México los ataques con ácido son cada vez más frecuentes, lo que ha ocasionado mayor preocupación en la sociedad. Sin embargo, en el código penal federal actualmente esta situación no se encuentra plasmada, pese a que existen ciertas agravantes en dicho ordenamiento, ninguna hace alusión específica al uso de “ácidos”.
Este tipo de violencia feminicida que se caracteriza por arrojar ácido u otras sustancias corrosivas en el rostro y cuerpo de una mujer con la finalidad de atentar contra su vida, su integridad y su libertad humana, ha tenido eco en el Senado mexicano, aprobándose por unanimidad, con 79 votos a favor, las reformas al Código Penal Federal para tipificar y sancionar con cárcel los ataques con ácido o sustancias químicas contra mujeres, con castigos hasta con 22 años de prisión a quien agreda con sustancias químicas o ácido a otra persona.
Los ataques con ácido ocurren en todo el mundo, y afectan en mayor medida a las mujeres. De acuerdo con Acid Survivors Trust International (ASTI), cada año se llevan a cabo al menos 1,500 agresiones globalmente, aunque se estima que esta cifra únicamente refleja el 40% de los casos, pues la mayoría no se denuncia. Es importante señalar que, en más del 80%, las víctimas son mujeres; además de que en nueve de 10 casos son agredidas por una persona con la que tienen o tuvieron una relación
Señala el director de Acid Survivors Trust International, John Morrison; que el 40% de las víctimas no ha cumplido los 18 años en el momento de la agresión y desde entonces llevará una vida difícil, con secuelas físicas y psicológicas graves, principalmente por quemaduras en el rostro y cuello, daños en las vías respiratorias o incluso ceguera. “Las que sobreviven a un ataque con ácido tienen altas probabilidades de ser rechazadas por sus familias y sus comunidades, que de alguna manera las culpabilizan. La mayoría no puede volver a su trabajo, no son tratadas con respeto por parte de las autoridades que, a menudo, les niegan su apoyo”.
Los ataques con ácido en México no tienen cifras oficiales, pero la Fundación Carmen Sánchez ha registrado 28 víctimas de ataques con ácido en las últimas dos décadas.
En nuestro país en este año 2022, entre enero y junio, al menos 47 mujeres fueron quemadas de manera intencional, en promedio se cometieron entre uno y dos agresiones de este tipo cada semana, de acuerdo con datos de la Secretaría de Salud federal sobre lesiones atendidas en clínicas y hospitales del país. En 29 casos, la paciente manifestó que hubo violencia familiar y en 18 no hubo un parentesco con el agresor.
De acuerdo a los registros médicos, sólo en 28 de estos casos las autoridades de salud informaron ante el Ministerio Público que habían atendido las lesiones causadas de manera intencional. El resto de las víctimas sólo fueron atendidas y dadas de alta.
El dictamen aprobado este jueves pasado, que adiciona el artículo 297 Bis del Código Penal Federal establece que se impondrán de siete a 13 años de prisión y multa de 300 a 700 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, a quien por sí o por interpósita persona cause a otro lesiones con cualquier tipo de agente o sustancia corrosiva, cáustica, irritante, tóxica o inflamable, álcalis, ácidos y sustancias similares, incluyendo las que necesiten de otro agente para reaccionar.
Y provoque en una mujer un daño o enfermedad incurable; la inutilización completa o la pérdida de una extremidad u órgano; cuando quede perjudicada cualquier función orgánica o se genere alguna discapacidad o deformidad incorregible en la piel. De acuerdo con la iniciativa, se plantea que esta pena aumente en dos terceras partes, cuando exista o haya existido entre el agresor y la víctima una relación de parentesco, sentimental, afectiva, laboral o de confianza.
La reforma contempla que el personal de salud deberá notificar al Ministerio Público de todos los casos de lesiones provocadas por agentes químicos que reciban para atención médica; además, el Ministerio Público tendrá la obligación de garantizar la reparación del daño integral, adecuada, eficaz, efectiva y proporcional a la gravedad del daño, tal y como lo señala el artículo 30 de este ordenamiento.
El proyecto aprobado, también modifica el artículo 85 del Código Penal Federal, a fin de establecer que no se concederá la libertad preparatoria a los sentenciados por el delito de lesiones previsto en el artículo 297 Bis. Este tipo de ataques con sustancias corrosivas son delitos sin agravante de género en 25 de las 32 entidades federativas del país, una condición que se modificará si la Cámara de Diputados avala el dictamen que los senadores han dado a la reforma del Código Penal Federal, recientemente aprobada.
Con esta modificación al tipo penal, se protegen y tutelan los derechos de las mujeres al ampliarse los tipos de agresión física en su contra, un clamor que desde hace tiempo ante este tipo de ataques, le faltaba justicia, ante la impunidad lacerante por la violencia feminicida machista.
- La columnista es Maestra en Derechos Humanos y Garantías Individuales, Subdirectora Ejecutiva en la Unidad de Desarrollo Comercial del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, ex Secretaria de la Mujer Oaxaqueña, contáctala en Facebook: MUMA Mariuma Munira, Twitter: @MariumaMunira
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