“… Las Magistradas y los Magistrados del Tribunal Superior de Justicia, del Tribunal de Disciplina Judicial y las Juezas y Jueces, que integran el Poder Judicial de la Ciudad de México, serán elegidos de manera libre, directa y secreta por la ciudadanía el día que se realicen las elecciones ordinarias locales del año que corresponda… La Jornada del Proceso Electoral Extraordinario 2025 de la Ciudad de México se celebrará el primer domingo de junio del año 2025, de manera concurrente con el proceso Electoral Extraordinario para la elección de integrantes del Poder Judicial de la Federación…”.
Citas tomadas de los artículos 35, apartado C, fracción 1 y Transitorio Tercero, párrafo quinto, respectivamente. Constitución Política de la Ciudad de México. https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/images/leyes/estatutos/CONSTITUCION_POLITICA_DE_LA_CDMX_14.2.2.pdf
Existe desconocimiento entre la ciudadanía que participará con su voto en el Proceso Electoral Extraordinario para la Elección de diversos cargos del Poder Judicial de la Federación acerca de que además de las seis boletas que recibirá para la elección federal también tendrá la posibilidad de elegir a las personas juzgadoras de los poderes judiciales locales, en los términos de las Constituciones de los Estados, en cuyos textos se establecen las condiciones para la elección, por voto directo y secreto de la ciudadanía, de magistradas y magistrados; juezas y jueces integrantes de los Poderes Judiciales Locales.
Recordemos que la reforma al Poder Judicial cuyo decreto se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 15 de septiembre de 2024, contempla la elección el 1 de junio próximo de: 1) nueve ministras y ministros a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (boleta morada: 5 mujeres y 4 hombres), 2) cinco integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial (boleta turquesa: 3 mujeres y 2 hombres), 3) dos magistraturas para la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (boleta azul: 1 mujer y 1 hombre), 4) quince magistraturas de las Salas Regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (boleta naranja), 5) 464 magistraturas de circuito (boleta rosa) y 6) 386 cargos de juzgadores de Distrito (boleta amarilla). En total los cargos a elegir suman 881.
Y es que hasta ahora en los mensajes difundidos por el Instituto Nacional Electoral (INE) solamente se habla de las seis boletas relacionadas con los cargos antes mencionados. Instancias locales como el Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) no ha iniciado, o al menos no de manera masiva, la campaña de difusión acerca del Proceso Electoral Local Extraordinario 2024-2025, en el que la ciudadanía capitalina elegirá por primera vez a las personas juzgadoras que integran el Poder Judicial de la Ciudad de México. Junto con la CDMX en otras 18 entidades se llevará a cabo el proceso electoral local el 1 de junio próximo y las personas electas tomarán posesión el 1 de septiembre de 2025. Ver mapa en: https://repositoriodocumental.ine.mx/xmlui/bitstream/handle/123456789/178861/Numeralia-PJF-2024-2025.pdf
Antes de seguir con las particularidades del proceso en la capital del país conviene revisar las reformas que los miembros del Poder Legislativo del Congreso de la CDMX llevaron a cabo a la Constitución Política de esta ciudad. Se modificaron apartados, numerales, incisos y/o párrafos de 10 artículos, realizaron adiciones a 4 más y se derogaron párrafos e incisos de 1 artículo. Estos cambios son los que hacen posible la elección directa de la ciudadanía de las personas juzgadoras del Tribunal de Disciplina Judicial, así como de las personas magistradas y juezas de la ciudad.
Me permito llamar su amable atención en torno al contenido destacado del Artículo 35, inciso A, quinto párrafo, relativo al uso de la tecnología como alternativa adicional a la tramitación escrita de juicios: Para garantizar el acceso a la justicia de forma ágil y oportuna, el Poder Judicial, el Tribunal Electoral, el Sistema de Justicia Laboral y el Tribunal de Justicia Administrativa, todos de la Ciudad de México, contarán con un Sistema de Justicia Electrónica, acorde con el principio de equivalencia funcional y mediante el uso de las tecnologías de la información y la comunicación, a efecto de proporcionar las herramientas para tramitar los juicios y sus instancias, en forma electrónica, de manera alternativa y adicional a su tramitación escrita, de acuerdo con su naturaleza y formalidades esenciales.
Artículo 35, inciso B, numeral 3, párrafo 4, vinculado con la actuación exclusiva, como personas juzgadoras, de los titulares de los órganos jurisdiccionales citadinos: Las personas titulares de Magistraturas y Juzgados del Poder Judicial, incluyendo al Tribunal de Disciplina Judicial y a los integrantes del Órgano de Administración Judicial, no podrán actuar como patronos, abogados o representantes en cualquier proceso ante los órganos judiciales de la Ciudad de México mientras estén en el cargo, cuando hayan sido separados del mismo por sanción disciplinaria o dentro de los dos años siguientes a su retiro o término del encargo.
Del mismo artículo 35, inciso B, numeral 7, la clara determinación de que las personas juzgadoras deben actuar con excelencia, imparcialidad y honradez, entre otros principios: El ingreso, formación, ascenso, permanencia y separación del personal que forme parte de la carrera judicial del Poder Judicial de la Ciudad de México se sujetará a la regulación establecida en las disposiciones aplicables, y se basará en los resultados del desempeño y el reconocimiento de méritos. Se regirá por los principios de excelencia, objetividad, imparcialidad, profesionalismo, honradez e independencia.
Por último, recomiendo también revisar cuidadosamente el inciso C, numeral 1, párrafos a y b del multicitado artículo en los que se describe detalladamente el procedimiento seguido por los Comités de Evaluación de cada uno de los tres poderes de la CDMX, es decir las etapas completas del proceso, sus fechas y plazos improrrogables y los cargos a elegir y su especialización por materia, informados al Congreso por el Órgano de Administración Judicial local. Gaceta oficial de la Ciudad de México. 23 de diciembre de 2024. https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/portal_old/uploads/gacetas/0f96613d4ad72af56aab0565b58e2e1e.pdf
Creo que los párrafos mostrados, de uno de los artículos reformados en la Constitución de la CDMX, demuestran que la transformación está llegando al poder judicial capitalino. Sin embargo, la ciudadanía requiere de votar el 1 de junio, pero también de dar seguimiento a la congruencia entre la legislación y la realidad. Sin duda un instrumento a favor del pueblo será el Tribunal de Disciplina Judicial y obvio la movilización ciudadana en todo momento.
Pasemos a revisar las características de las tres boletas mediante las cuales se elegirá a las personas juzgadoras de la CDMX. En el sitio oficial del IECM vemos tres cargos: juezas y jueces (50 mujeres y 49 hombres: 99), magistradas y magistrados (17 mujeres y 17 hombres: 34) e integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial (3 mujeres y 2 hombres: 5).
En el caso de juezas y jueces son 10 materias o especialidades en las que se elegirán: civil 45, mixto civil/ tutela de Derechos Humanos 1, mixto penal/tutela de Derechos Humanos 1, penal 13, ejecución de sanciones penales 5, familiar especializado en adopción nacional e internacional 6, familia 22, laboral 4, justicia para adolescentes 1 y civil especializado en extinción de dominio 1. Para las y los magistrados son 5 materias: civil 12, penal 10, ejecución de sanciones penales 1, familiar 7 y justicia para adolescentes 4.
La boleta para elegir a las y los candidatos a magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial es color rosa claro, las de magistradas y magistrados azul claro y las de juezas y jueces verde agua. En el mismo sitio oficial del IECM, en BOLETAS pueden identificar cada una de ellas. En el encabezado de cada una de las boletas se muestra Proceso Electoral Local Extraordinario 2024-2025, tipo de elección, entidad federativa: Ciudad de México, el Distrito judicial electoral local y el Distrito electoral local correspondientes al domicilio de cada elector.
Cabe mencionar que, en este proceso electoral extraordinario, la Ciudad de México se dividió en 11 áreas geográficas denominadas Distritos Judiciales Electorales Locales. En el botón “Ubica tu distrito judicial electoral local”, se accede al sistema para que con el apoyo de nuestra credencial para votar lo identifiquemos. Como complemento a la información anterior, en esa sección también se encuentra el acceso al “Marco Geográfico Electoral”, ahí encontramos la explicación del ámbito territorial de la Ciudad de México, la cual será considerada como una entidad. Se conservan las 16 Demarcaciones Territoriales o Alcaldías, 33 Distritos Electorales Locales, 11 Distritos Judiciales Electorales Locales y un total de 5,579 Secciones Electorales, entre las cuales está la que corresponde a cada persona votante, de un padrón electoral formado por 7,993,731 personas.
En ese mismo sitio del IECM hay un botón: CONÓCELES, el cual se anuncia estará disponible a partir del 14 de abril. Muy importante consultarlo para ver los perfiles de todos los candidatos. Asimismo, se podrá encontrar cada una de las casillas seccionales. Este espacio estará disponible “próximamente” y corresponde al sistema “Ubica tu casilla”, administrado por el INE. Fuente: Sitio oficial del Instituto Electoral de la Ciudad de México. https://www.iecm.mx/www/sites/poder_judicial/index.html
Sigue siendo responsabilidad de la ciudadanía el allegarse de la mayor cantidad de información acerca de las características del proceso electoral y de los candidatos idóneos a elegir el domingo 1 de junio próximo, ambos aspectos resultan sustantivos para hacer realidad los alcances de la reforma al poder judicial.

Hacemos comunicación al servicio de la Nación y si así no lo hiciéramos, que el chat nos lo demande.
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