En las entregas anteriores toqué el tema de los trabajadores de aviación y cómo ven al AIFA. Ha quedado muy claro que la posición de los sindicatos es casi indiferente, excepto en el caso del SNTTTASS. Ellos tienen claro que es la mejor opción para el presente y el futuro de la aviación comercial en la zona metropolitana de la Ciudad de México, y tienen una propuesta concreta para la reactivación de la marca Mexicana de Aviación.
Las otras direcciones sindicales parecen estar más preocupadas en facilitar la mutilación de sus contratos colectivos de trabajo en favor de su provecho personal. Especialmente el llamado STIA y la Secretaría General de ASSA, cuya permanencia está profundamente cuestionada por sus propios agremiados y sus acciones ampliamente reprobadas, pues sólo parece estar actuando en favor de sus intereses personales y no de los de quienes integran su agrupación.
El tema tiene muchas aristas; mientras que la actitud de la autoridad laboral es indolente y parece pasiva y cómplice, como en el caso de las impugnaciones al interior del STPRM, en las que han sido prácticamente omisos y tolerado una elección manipulada y tramposa, aunque todavía está en sus manos evitar que el galimatías que provocaron crezca más.
Esta misma autoridad laboral, ha sido cuestionada por su actitud frente al caso de quienes trabajan en los medios de comunicación, pues en lugar de escucharlos y respaldar su acción en favor de la creación de una agrupación sindical que defienda los derechos de cada persona que trabaja en un medio de comunicación, cualquiera que sea su posición laboral, simplemente los ha ignorado, siendo de nuevo omisa y violando la Constitución en su artículo 8º que se refiere al derecho de petición:
- “Artículo 8o.- Los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio del derecho de petición, siempre que ésta se formule por escrito, de manera pacífica y respetuosa; pero en materia política sólo podrán hacer uso de ese derecho los ciudadanos de la República. A toda petición deberá recaer un acuerdo escrito de la autoridad a quien se haya dirigido, la cual tiene obligación de hacerlo conocer en breve término al peticionario.”
- **El derecho de petición es la facultad que tiene toda persona para dirigirse a cualquier autoridad pública para solicitar información, demandar su intervención o la prestación de algún servicio o trámite a cargo de la autoridad. Se fundamenta en la misión de servicio inherente a la función pública, como lo indica el nombre de servidor público.
- Este artículo protege el derecho que asiste a cualquier persona a recibir una respuesta a cualquier petición o solicitud que haga a una autoridad pública, sin que necesariamente implique una respuesta favorable a la petición.
- El sujeto activo de este derecho es cualquier persona, a menos que la petición se refiera a algún asunto político, pues en ese caso, el derecho sólo asiste a los ciudadanos mexicanos. Esto se debe por un lado a que para ejercer los derechos políticos se requiere de la mayoría de edad que implica la ciudadanía y, por otro, a razones de seguridad nacional.
**de https://vlex.com.mx/vid/articulo-8-derecho-peticion-670624217
En octubre pasado, quienes componen la Asamblea de Trabajadoras y Trabajadores de Medios de Comunicación Contra La Precarización Laboral Tenemos Que Hablar (TQH), entregaron un documento dirigido a la titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y hasta hoy, la autoridad no ha generado ninguna respuesta, lo que prefigura una violación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos por parte de su titular.
La autoridad laboral en México parece presentar en su actuación, un frente neoliberal y ser enemiga de los trabajadores mexicanos. Muchos ejemplos y evidencias avalan esta afirmación, parece que el enemigo está en casa, pues está claro que ni la 4T, ni la Presidencia de la República aceptan actitudes de este tipo.
La Cuarta Transformación, que implica un tránsito auténtico a un estadio de democracia mucho más desarrollado y respetuoso del Pueblo y de sus organizaciones, tendría que estar cerrando filas con todos los trabajadores y trabajadoras del país, especialmente con aquellos con convicciones democráticas y al mismo tiempo, debiera estar respaldando su lucha por la reivindicación cada uno de sus derechos.
Los miembros de TQH han cuestionado lo que significa el apoyo por parte de la Presidencia de la República para quienes se desempeñan como “free lancers” porque consideran que esto libera a la patronal de cumplir con lo que establece la ley, e incluso ha provocado que algunos dueños de medios ya estén exigiendo, a los que laboran en sus empresas, que se acojan a los beneficios de este programa, lo que evitará que los patrones cumplan con lo establecido en la ley.
La Asamblea TQH, ha podido expresar y denunciar en foros abiertos en la Internet, que los dueños de las empresas de medios de comunicación siguen contratando personal, ya sea por el llamado “outsourcing” o con contratos especiales, en los que especifican pagar el salario mínimo y otorgar prestaciones especiales, que recortan cuando quieran. Al mismo tiempo se atreven a registrar a estas personas como “trabajadores eventuales” ante el IMSS, hasta que la compañera o compañero se cansa de jornadas laborales completamente fuera de la ley y sin pago de tiempo extra, y termina por renunciar o por demandar a la empresa por incumplimiento de contrato comprobando los ingresos que en algún momento tuvo.
Me parece imposible y peligroso citar los casos que conozco y cuáles son las empresas que están cometiendo estas irregularidades, que repito, ocurren con el conocimiento pleno, la tolerancia y la inacción de la autoridad laboral de nuestro país. Este gran conglomerado de trabajadores se está organizando y va a lograr una victoria pronto, pues la Cuarta Transformación, va porque va y porque es de todos.
Hacemos comunicación al servicio de la Nación y si así no lo hiciéramos, que el chat nos lo demande.
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